miércoles, mayo 16, 2007

la "otra" constitucion española

LA “OTRA” CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

Casi proclamada el 5 de Diciembre de 1978, y en permanente evolución



PREÁMBULO

La Nación española, deseando reírse de la ciudadanía “estableciendo” la justicia, la libertad y la seguridad, y promover el bien de cuantos la integran, siempre que sean gente de bien, máxime si son acólitos a la Corona Borbónica, proclama la voluntad de:

Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo, lo que viene siendo la máxima de “tanto tienes, tanto vales”

Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular, pero sin contar con el vulgo cuando nos salga de la punta del capullo.

Proteger a todos los españoles y pueblos de España evitando que se desmembre, y así esta nación siga siendo una, grande y libre de rojos, maricones y demás estorbos sociales. Para los españoles de bien se asegurarán los derechos humanos, excepto cuando creamos que vienen borrachos a hacer denuncias; sus culturas y tradiciones, siempre que sean culturas y tradiciones criadas en España, lenguas (que consideremos positivas, ya expresamos en su momento lo que creíamos del vascuence) e instituciones que respeten la patria, el yugo y las flechas, amén de los Reyes de España.

Promover el progreso de la cultura (que nosotros consideremos como tal) y de la economía (máxime si aportan beneficios al Estado, como esos bancos que someten tan ricamente al pueblo con las hipotecas y demás) para asegurar a toscos una digna calidad de vida entre 11 metros cuadrados.

Establecer una sociedad democrática avanzada, y colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra. Vamos, que puedan ir a votar cada cuatro años, y con sus votos, se verá lo que se hace, y por supuesto, con el visto bueno de Papá U.S.A.

En consecuencia, las Cortes aprueban, que para eso nos ganamos el pan tan esforzadamente, y el pueblo español iluso e ilusionado, ratifica la siguiente.






TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1:
1.- España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Siempre y cuando no sean demasiado rojos (que entonces se les hará prácticamente el vacío, con el visto bueno de Papá U.S.A.), o no estén presentes en listas peligrosas que puedan estar plagadas de presuntos terroristas (una forma bonita de asegurarnos unas elecciones donde ganar con aparente limpieza, limpieza política, se entiende.) Total, no podemos permitirnos el lujo de que sean elegibles, aunque para los cuatro gatos que les votan...

2.- La Soberanía nacional reside en el pueblo Español, del que emanan los poderes del Estado. Entiéndase, vosotros dejad los votos en las urnas, y luego nosotros haremos oídos sordos a vuestras súplicas, máxime si hay mayoría absoluta de por medio

3.- La forma política del Estado español es la monarquía parlamentaria. El parlamento crea unas leyes y las aprueba, y el rey hace el duro trabajo de levantar su mano, coger un pesadísimo bolígrafo, mover su mano y dejar su visto bueno, que para eso le pagamos el mantenimiento de la Zarzuela y de los yates, vacaciones en Baqueira y en varios países del globo, mariscadas, etc, etc, etc


Artículo 2:
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española (Arriba España, ar!) patria común e indivisible de todos los españoles de bien, y reconoce el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran (excepto si desean salirse del mapa político y crear otras realidades, por muy históricas que sean estas, entonces caña al mono) y la solidaridad entre todas ellas (ya os vale a riojanos y zaragozanos, pobre levante y sur español, secos vais a dejar sus campos de golf)

Artículo 3:
1.- El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. El resto que no avanze demasiado o las hundimos en el olvido (guanche) o simplemente las humillamos hasta ver lo que aguantan (el catalán y el vascuence están robando identidad en sus respectivas autonomías, hay que ir a saco)

2.- Las demás lenguas españolas serán también oficiales en sus autonomías de acuerdo con sus estatutos, eso sí, como deseen ir en contra de España o a nosotros nos parezca así, ya hemos dicho en el artículo anterior las posibles consecuencias que estos actos derivarán


Artículo 4:
1.- La bandera española está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. Eso sí, mejor eliminamos el escudo franquista y lo sustituimos por el Borbónico, que ahora con tanta infanta, se ha vuelto a poner de moda. Y que se quejen los rojos, encima que les tenemos en cuenta en el color de la bandera, protestan por nada, oyes.

2.-Se reconocerán banderas y enseñas propias de las autonomías estatales, y se usarán junto a la bandera de España en edificios públicos y en actos oficiales, pero sin promover la quema de la española, por mucha alergia que nosotros tengamos a la ikurriña, no nos molesta su presencia... Me ha salido un sarpullido aquí, Sebastián, la pastilla...

Artículo 5:
La capital del estado es la villa de Madrid, que a Franco le gustaba tanto...

Artículo 6:
Los partidos políticos expresan el pluralismo político (su atención mediática, en cambio, responde a intereses de empresas particulares) concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política (en excepción de los partidos que consideremos dañinos, que para eso tenemos a esa rica ley de partidos para quitarlos ricamente). Su estructura y funcionamiento interno deberán ser democráticos, pero que no deseen provocar cambios en nuestras leyes, que por mucho que su gente esté de acuerdo, nosotros podemos no estarlo. Ahí queda eso.

Artículo 7:
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres y dentro del respeto a la Constitución y a la ley ( y si exigen demasiado, ya veremos el caso que se les hace, jornada de 35 horas, igualdad salarial, salarios dignos, qué graciosos, total, para que se lo gasten en fruslerías como comer, con lo que les va a costar pagar una vivienda)

Artículo 8:
Las fuerzas armadas (ejércitos de tierra, mar y aire respectivamente) deben garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. Y participar en las “misiones de paz” que nos pida Papá U.S.A., necesitamos alguna rebajita en los misiles, que no son baratos.

Artículo 9:
1.- Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que la impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Eso sí, los medios que se les facilite para tales fines serán bien limitados, a ver si se nos van a despendolar, sobre todo en lo económico, que si no luego a ver cómo llegamos a fin de mes, con lo caro que es mantener al servicio.